jueves, 10 de diciembre de 2015

Día de los Derechos Humanos

Art. 1 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Art. 5 Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Art. 6 Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Art. 14 En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

Art. 20 Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

Art. 22 Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Art. 28 Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Art. 30 Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Hoy es 10 de diciembre, día internacional de los Derechos Humanos.

Os recomiendo a todos leer la Declaración Universal completa, en particular a aquéllos que aspiran a gobernar este país, y que, a veces, parece que desconocen su existencia.

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